Préstamo de uso
En Derecho el préstamo de uso se denomina también comodato. Se trata de un contrato a través del cual una parte entrega a otra una cosa o bien para que haga uso de ella. La entrega se produce de forma gratuita y la persona que hace uso de lo entregado tiene la obligación de devolverlo después de la utilización. La cosa, por tanto, es un bien no consumible.
La regulación de este tipo de contrato aparece en los artÃculos 1740 y siguientes del Código Civil. En el primero de estos preceptos se señala la principal caracterÃstica del comodato: la gratuidad. Por su parte, el artÃculo 1741 dice que el comodante conserva la propiedad de la cosa prestada. El comodatario adquiere el uso de ella, pero no los frutos; si interviene algún emolumento que haya de pagar el que adquiere el uso, la convención deja de ser comodato. Además, las obligaciones y derechos que nacen del comodato pasan a los herederos de ambos contrayentes, a no ser que el préstamo se haya hecho en contemplación a la persona del comodatario, en cuyo caso los herederos de éste no tienen derecho a continuar en el uso de la cosa prestada.
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